La persona natural que se encuentre en el exterior y requiera copia del registro civil colombiano (nacimiento, matrimonio o defunción), adelantado en el exterior debe solicitarla en el Consulado de Colombia donde fue realizado el Registro.
Nota: La solicitud de copias de registro civil de nacimiento de niñas, niños y adolescentes, únicamente las podrá realizar el padre, madre o representante legal del menor. Igualmente, el tercero que el padre, madre o representante legal autoricen para el efecto mediante poder debidamente reconocido ante notario o cónsul colombiano.
Requisitos
Para solicitar una copia de registro civil en un consulado, deberá indicar en qué consulado se efectuó la inscripción, el indicativo serial, el número único de identificación personal-NUIP o el número de cédula del cónyuge o del occiso, según corresponda.
La solicitud de copias de registro civil de nacimiento de niñas, niños y adolescentes, únicamente las podrá realizar el padre, madre o representante legal del menor. Igualmente, el tercero que el padre, madre o representante legal autoricen para el efecto mediante poder debidamente reconocido ante notario o cónsul colombiano.
Costos y medios de pago
Lista de consulados que reciben Money Order para realizar el pago:
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Recuerde que para efectuar su pago debe haber realizado previamente la formalización de la solicitud.
Debe validar los medios de pago habilitados por cada consulado. Ver Directorio de Consulados. |